Comunidad

Consejo Consultivo de Usuarios

El Consejo Consultivo de Usuarios es un organismo creado en el Hospital de Talagante, como comité asesor de la Dirección, cuyo funcionamiento data desde el año 2002. Fue constituido y reglamentado en forma oficial por la Resolución Exenta Nº 0131 del 03 de Junio de 2003.

Este Consejo está compuesto por dirigentes comunales y sociales de la provincia de Talagante, así como también por el Voluntariado del Hospital. Cuenta con la participación de representantes de los Equipos de Salud del CESFAM de Talagante y Consultorio de El Monte, esperando la incorporación activa del CESFAM de Isla de Maipo.

Su principal función es la de servir de nexo entre la Dirección del Hospital y la Comunidad, con el fin de hacer presente las necesidades y sugerencias de los usuarios, conocer y difundir los planes y programas del Hospital, informarse y transmitir el sistema de funcionamiento para asegurar la adecuada y oportuna atención y la garantía de los deberes y derechos de los pacientes.

Hospital en Terreno

El hospital participa en las plazas ciudadanas “Gobierno en Terreno” y pone a disposición de la comunidad un completo stand de información.

Además, personal hospitalario realiza gratuitamente tomas de presión arterial, evaluación del índice de masa corporal y orienta a la comunidad respecto de los servicios que ofrece el hospital de Talagante.

Asistencia Espiritual y Voluntariado

Ubicada en el ala sur de nuestro hospital, la capilla busca ser un espacio de oración y recogimiento espiritual para pacientes y sus familiares.

El hospital de Talagante cuenta con voluntarios provenientes de distintos credos religiosos. Ellos entregan asistencia en los servicios de hospitalizados, y pueden ser contactados a través de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS).

Derechos y Deberes de los Pacientes

El 01 de octubre de 2012 entró en vigencia la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes que establece cuáles son los derechos y deberes de las personas en relación con las acciones vinculadas a su atención de salud.

La iniciativa legal resguarda principios básicos de atención en salud, disposiciones que se aplican tanto en el sector público como privado.

Esta ley viene a fortalecer el eje principal de la salud pública en nuestro país: los usuarios.

Los derechos y deberes establecidos en esta ley deben estar plasmados de manera visible y clara en la “Carta de Derechos y Deberes de los Pacientes” en donde se especifica cada uno de los aspectos señalados en la nueva ley.

Esta carta debe estar presente en instituciones tales como: consultorios, hospitales y clínicas del país.

A continuación y en cumplimiento de la nueva disposición legal el Ministerio de Salud, dejamos a su disposición la resolución exenta que ”Determina el Contenido de la Carta de Derechos y Deberes de las Personas en relación con la Atención de Salud”, la carta de Derechos y Deberes de los pacientes en formato de imagen digital y el Manual Técnico de Normas Gráficas, que establece el correcto uso de dicha carta.